Invierte en Panamá y hazte residente permanente
Agosto 4 de 2023
Al realizar una inversión mínima de 300.000 dólares estadounidenses en una propiedad o título de bienes raíces puedes obtener tu residencia permanente.
El título de la propiedad de bienes raíces adquirida puede estar a nombre del solicitante personal o también de una Fundación de interés privado, en la que dicho solicitante sea el fundador o beneficiario principal. No es posible colocar la propiedad a nombre de una sociedad offshore o fideicomiso.
Beneficios clave:
- El proceso es expedito, la solicitud, deberá resolverse en un periodo no mayor a 30 días hábiles, contados a partir de la presentación de la documentación. Además, tiene la ventaja de que el inversionista no está obligado a estar presente en Panamá para que el abogado presente la solicitud. La solicitud se podrá presentar, a través de un poder especial debidamente autenticado por Apostilla o por el Consulado de Panamá en el país donde el inversionista otorgó dicho poder notarial. Posteriormente el solicitante de la visa deberá viajar a Panamá para finalizar el trámite, y se le expedirá su tarjeta de residencia permanente con su fotografía.
- Derecho a la Cédula panameña de Identidad personal.
- Los Cónyuges e hijos menores, y los hijos dependientes hasta 25 años, siempre que cursen estudios a tiempo completo, podrán ser incluidos en la solicitud.
- El solicitante tendrá la opción si lo desea, de aplicar para la ciudadanía panameña mediante el proceso de naturalización, a) después de haber vivido cinco años como residente permanente en Panamá, b) después de haber vivido dos años como residente permanente en Panamá, si es nacional de España, o de un país latinoamericano, si cumplen los mismos requisitos que en su país de origen, se exigen a los panameños para naturalizarse, c) después de haber vivido tres (3) años como residente permanente en Panamá, si está casado con un nacional o tiene hijos panameños.